EFICINE
Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional (EFICINE)
Es un beneficio que se otorga a la industria cinematográfica por la producción y distribución de largometrajes.
El Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional (EFICINE) es un beneficio que se otorga a la industria cinematográfica por la producción y distribución de largometrajes, consistente en aplicar un crédito fiscal por el monto aportado a un proyecto de inversión en la producción o en la distribución por un contribuyente del Impuesto sobre la Renta (ISR).
El EFICINE permite a los particulares (personas físicas y morales) aportar recursos a un proyecto de inversión en la producción o en la distribución cinematográfica y disminuir el monto de su aportación del pago de su impuesto sobre la renta. El monto de la aportación al proyecto de inversión que corresponda (por la cual se autorizará un acreditamiento en el pago del ISR) no puede ser mayor de 20 millones de pesos por contribuyente aportante y proyecto de inversión en la producción, así como de dos millones de pesos para los proyectos de inversión en la distribución cinematográfica nacional, ni del 10% del ISR del contribuyente aportante en el ejercicio anterior.
El EFICINE tiene fundamento legal en el artículo 189, en las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2020, y en los Lineamientos de Operación en la Producción o en la Distribución, según sea el caso, emitidos por el Instituto Mexicano de Cinematografía.
- Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, regla 3.21.1.1
- Aviso de Privacidad Integral para la Aplicación del EFICINE
- Comunicados
- Comunicado a la comunidad beneficiaria del Estímulo Fiscal a proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional EFICINE con motivo del anuncio de la "Jornada Nacional de Sana Distancia".
- Comunicado a los solicitantes del Estímulo Fiscal a proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional (EFICINE) que aplican durante el segundo periodo del ejercicio fiscal 2020.
- Comunicado a los solicitantes del Estímulo Fiscal a proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional (EFICINE) que aplican durante el ejercicio fiscal 2021.
- Comunicado a los solicitantes del Estímulo Fiscal a proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional (EFICINE) que aplican durante el ejercicio fiscal 2022.
- Para consultar la normatividad anterior:
- Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de enero de 2016, de clic aquí
- Acuerdo modificatorio publicado el 26 de enero de 2017, de clic aquí.
- Acuerdo modificatorio publicado el 26 de enero de 2018, de clic aquí.
- Acuerdo modificatorio publicado el 27 de febrero de 2020, de clic aquí.
- Reglas Generales de EFICINE que integran los acuerdos modificatorios en un solo archivo, de clic aquí.
Para ser beneficiado con el EFICINE, el contribuyente aportante y la empresa responsable del proyecto de inversión en la Producción o en la Distribución deberá ingresar al Sistema en línea que corresponda y llenar la información relacionada a la propia empresa, al proyecto de inversión y al (a los) contribuyente (s) aportante (s) y adjuntar los documentos definidos en las Reglas Generales y en los Requisitos Generales en la Producción y Distribución, según sea el caso.
El envío de la solicitud a través del Sistema en línea EFICINE-Producción o EFICINE-Distribución se formalizará y se tendrá por recibida, únicamente cuando la solicitud se encuentre debidamente firmada con la Firma Electrónica Avanzada e.firma (antes FIEL) de la empresa responsable del proyecto de inversión en la producción o en la distribución, según sea el caso, y la del (de los) contribuyente (s) aportante (s) que participen.
Además, para poder acceder a este beneficio se requiere autorización del Comité Interinstitucional, cumpliendo con las Reglas Generales, los Lineamientos de Operación en la Producción o en la Distribución, emitidos por el Instituto Mexicano de Cinematografía y los Requisitos Generales en la Producción o en la Distribución, según sea el caso.
- El Contribuyente Aportante y/o la Empresa responsable del proyecto de inversión en la Producción o en la Distribución, según sea el caso, deberán presentar ante la Secretaría Técnica:
- Avisos a que se refiere la regla 21 de las Reglas Generales para el caso de los proyectos de inversión en la Producción.
- Avisos a que se refiere la regla 23 de las Reglas Generales para el caso de los proyectos de inversión en la Distribución.
- Informe de contador público y formato de desglose de ingresos y gastos del proyecto de inversión en la Producción o en la Distribución a que se refiere la regla 24 de las Reglas Generales.
- Información establecida en la Sección III de los Lineamientos de Operación en la Producción y la Sección II de los Lineamientos de Operación en la Distribución, según corresponda .